Que Significa Objeto De Impuesto Y No Obligado Al Desglose?
El objeto de impuesto es un nuevo atributo para la emisión de CFDi 4.0 el cual expresa si la operación comercial amerita el desglose de impuestos. Existen 3 claves relacionadas a los objetos de impuesto dentro de las partidas: (01) No objeto de impuesto: La partida no refleja ningún tipo de impuesto, un ejemplo según la ley del IVA sería por actos o actividades en las que el contribuyente no las realiza en territorio nacional.
Enajenación de bienes. Prestación de servicios independientes. Importación de bienes o servicios. Prestación de bienes para su uso o gozo temporal.
Nota: El objeto de impuesto se considera independiente del tipo de factor o la tasa/cuota por lo que IVA exento e IVA tasa cero si se consideran objeto de impuesto. (03) Sí objeto del impuesto y no obligado al desglose: La partida no refleja ningún tipo de impuesto, se utiliza cuando la actividad si puede llevar impuestos, pero según algunos decretos fiscales se tiene la posibilidad de no desglosar el impuesto, un ejemplo sería la facilidad que tienen los contribuyentes en el régimen RIF para no desglosar IVA en operaciones al público en general.
¿Qué quiere decir si objeto de impuesto?
1. Bien o derecho gravado por el impuesto, al ser considerado representativo de una capacidad económica para contribuir.
¿Cuando no se desglosa el IVA?
Desglosar el IVA al 0% fundamento – La lógica por sí sola no nos sirve cuando no tenemos las premisas adecuadas, Las bases para definir si debemos o no separar el 0% de IVA lo encontramos en el artículo 37 del Reglamento del Código Fiscal de la Federación.
Artículo 37.- Para los efectos del artículo 29-A, fracción VII del Código, los contribuyentes que expidan comprobantes fiscales digitales por Internet, para efectos del traslado de impuestos en forma expresa y por separado los desglosarán por tasa o cuota del impuesto en los siguientes supuestos: I.
Cuando la totalidad de las operaciones, actos o actividades que ampara el comprobante fiscal digital por Internet se encuentren sujetos a la misma tasa o cuota, el impuesto trasladado se incluirá en forma expresa y por separado en el comprobante fiscal digital por Internet señalando la tasa aplicable, incluso cuando se trate de la tasa del 0% ; Si dentro del listado de productos y servicios facturados hay conceptos gravados a la misma tasa, es necesario expresar el monto del IVA 0% que es cero.
¿Quién está obligado al desglose de impuestos?
Clave 02 Sí objeto del impuesto – Podrás utilizar esta clave del objeto del impuesto de tu CFDI sin problema si el emisor es únicamente causante del IVA, según lo establecido en el artículo 1 de la Ley del IVA. Según dicho artículo, están obligadas al pago del impuesto al valor agregado establecido las personas físicas y las morales que, en territorio nacional, realicen alguna de las siguientes actividades o actos:
Enajenación de bienes.Prestación de servicios independientes.Importación de bienes o servicios.Prestación de bienes para su uso o gozo temporal.
¿Qué es el desglose de IVA?
¿Qué es el IVA? – El Impuesto sobre el Valor Añadido mejor conocido como IVA es un impuesto que se aplica de forma indirecta al consumo, es decir, es un porcentaje que incrementa al precio final de cada artículo y/o servicio que adquirimos o recibimos.
Como puedes saber, en cada compra que realizamos, pagamos el precio del bien que estamos adquiriendo más el porcentaje de impuestos correspondientes. Seguramente te preguntarás, a dónde se dirigen los impuestos que paga cada mexicano? Pues la respuesta es que estos impuestos se van al Estado para proporcionar los recursos necesarios.
Como mencionamos anteriormente, los impuestos se van al Estado por lo que las personas que venden o prestan sus servicios, no se quedan con el importe de los impuestos, cada 3 meses debe entregar a Hacienda la diferencia entre el impuesto repercutido en las facturas emitidas a sus clientes y el impuesto soportado en las facturas de gastos necesarios para desarrollar su actividad (lo que se conoce como gastos deducible).
¿Cómo se hace el desglose del IVA?
Cómo calcular el IVA incluido en facturas a cobrar – En un caso muy simplificado, calcular el importe con y sin IVA es sencillo. Si suponemos que el tipo de gravamen es el 21 %, tendremos que:
Podemos calcular la parte de IVA que corresponde a la factura conociendo el importe a cobrar. Si de cada 121 euros de la factura, 21 corresponden al IVA, solo tenemos que hacer una sencilla regla de tres. Multiplicaremos el importe total por 21 y lo dividiremos por 121. Como 21 dividido entre 121 es igual al 17,3554 %, simplemente tendremos que aplicar ese porcentaje al importe total de la factura. Para calcular la parte que no corresponde al IVA, aplicaríamos el porcentaje restante. Simplemente, restamos el 17,3554 % al 100 %, lo que nos da un 82,6446 % de la factura.
En general, el IVA incluido en la factura representa un 17,3554 % del importe. Veamos un ejemplo para comprenderlo mejor. Supongamos que tenemos una factura de 400 euros. Entonces, diremos que:
El IVA incluido en esa factura sería del 17,3554 % de 400 euros, que nos da 69,42 euros. La parte del importe sin el IVA es del 82,6446 % de 400 euros, que nos da 330,58 euros.
Podemos hacer la comprobación y ver que 69,42 es el 21 % de 330,58 y que sumadas ambas cantidades nos dan los 400 euros del total de la factura.
¿Que uso se le pone a una factura de público en general?
Qué es la factura al público en general – La factura al público general es un comprobante fiscal que reúne las operaciones con los clientes que no solicitaron un CFDI. Por lo tanto, engloba las transacciones realizadas en determinado periodo, según marca la Regla 2.7.1.24.
- De la Resolución Miscelánea Fiscal (RMF).
- Eso sí, debemos incluir únicamente los movimientos que nos hayan liquidado mediante Pago en Una Sola Exhibición (PUE).
- Así, en este CFDI global, dejamos constancia de todas las operaciones realizadas con el público en general del período al que corresponda.
- En cada una de estas transacciones, debemos incluir el número de folio o de operación de los comprobantes o tickets que hayamos emitido.
Los comprobantes de operaciones que el SAT considera válidos son:
- Comprobantes impresos en original y copia
- Copias de la parte de los registros de auditoría de las máquinas registradoras, en la que aparezca el importe de las operaciones
- Comprobantes emitidos por un sistema de registro contable electrónico, que permita identificar el valor de las operaciones celebradas cada día, así como el monto de los impuestos trasladados
¿Quién está exento de pagar IVA?
¿Cuáles son los tipos de exenciones de IVA? – Es conveniente aclarar que la exención de IVA puede ser parcial o total,
Se trata de parcial cuando la empresa o autónomo no tiene que tributar el IVA en sus facturas pero sí que debe pagarlo cuando compra los servicios necesarios para el desarrollo de su actividad. En este grupo se encuentran los productos de segunda mano, acciones de bolsa, pólizas de seguro, etc, Mientras que la exención total, el profesional no tiene que incluir el IVA cuando vende algo ni tampoco lo abona en sus compras. Es una circunstancia muy especial y que se aplica, sobre todo, en operaciones portuarias y de exportaciones,
Por lo tanto, las empresas que no están obligadas a tributar el IVA son: actividades educativas tanto públicas o privadas, organizaciones sociales, culturales y deportivas sin ánimo de lucro (no entran en este tipo, por ejemplo, los clubes de fútbol profesionales que sí tienen como objetivo ganar dinero), profesionales independientes como escritores, guionistas, compositores o traductores, actividades sanitarias tanto en hospitales públicos como privados, siempre y cuando estén incluidos en régimen de precios autorizados.
¿Qué se pone en regimen fiscal?
¿Qué es régimen fiscal? – Cuando empiezas a desarrollar una actividad económica es necesario registrarse en alguna categoría existente en el régimen fiscal para cumplir así con las obligaciones del fisco, pero, ¿de qué se trata exactamente? Un régimen fiscal es el conjunto de leyes y normas que rigen la situación tributaria de personas físicas y personas morales al momento de registrarse en el SAT (Servicio de Administración Tributaria).